Especial: Lo que debes saber sobre la Ley federal de clasificación de videojuegos

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“Artículo 5.- Todo videojuego, nacional o importado, que se distribuya o comercialice deberá contar con autorización y clasificación previa de la Secretaría, de conformidad con lo que establezca la presente Ley y el Reglamento.”

Hoy amanecimos con una nueva propuesta legislativa que pretende regular la comercialización y distribución de los videojuegos en México. Si bien la ley no habla expresamente sobre prohibir ciertos tipos de videojuegos, hay ciertas lagunas en ella que podrían desembocar en la censura de ciertos títulos. Aquí te explicamos cómo funciona esta legislación y cuáles podrían ser sus consecuencias de ser aprobada.

La propuesta fue elaborada por el Sen. Carlos Puente Salas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y busca vigilar que los videojuegos se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz moral pública y a la dignidad personal. Ya conocen el dicho: la libertad de unos termina donde empieza la de los terceros. En pocas palabras, la Ley federal de clasificación de videojuegos tiene por objeto “regular la distribución y comercialización de programas y dispositivos informáticos conocidos como videojuegos, mediante el establecimiento de categorías de clasificación que proporcionen información precisa sobre el contenido de los mismos y determinen la edad o grupo de edad en la que se recomienda su uso”. Nada mal: hasta aquí suena como un sistema de clasificación como la ESRB o PEGI. Podríamos amonestar esta sugerencia acaso por ser un sistema que duplica la función de organizaciones bien establecidas, pues tal vez sería más útil, para este efecto, unir esfuerzos con otros países para producir un sistema internacional de clasificación.

¿Videojuegos en español por ley?

Vamos a seguir. Hay un apartado que señala expresamente que, si los videojuegos no vienen en español, deberá presentarse una traducción. Así es: si se aprueba la ley, podría ser un primer paso involuntario para que, por ley, todos los videojuegos que se distribuyan en el país vengan en nuestro idioma.

En España la lengua es cuestión de estado. Salvaguardar el idioma que habla el país es lo suficientemente importante como para que se dicten normas que aseguren que todo el entretenimiento venga doblado al castellano. Si bien esta medida podría sonar muy negativa para quienes prefieren consumir contenidos en el idioma original, es un primer paso para que las compañías comiencen a tomar con más seriedad un mercado. ¿Quieren un ejemplo? Gracias a que España luchó por la inclusión de la tecla eñe en los teclados es que hoy en día la tenemos nosotros también. ¿Sus condiciones? Si alguien quería vender un teclado en ese país, debía tener la letra eñe o era ilegal venderlo. Lo que muchos pensaron que marcaría un atraso tecnológico para España, fue a fin de cuentas un aliciente para que en todos los países de habla hispana podamos tener teclados adaptados a nuestro idioma.

En el caso de la Ley federal de clasificación de videojuegos, si bien su objetivo no es obligar que todo videojuego distribuido tenga opción de ponerlo en español (lo cual sería, por el contrario de la propuesta original, un paso muy importante y bastante útil), de forma indirecta podría promover que todo venga en nuestro idioma. Si las compañías van a pagar para pasar sus juegos al español para poder presentarlos a la Secretaría para su clasificación, ¿por qué no de una vez no incluir en el juego dicha traducción? Tal vez no suena muy alentador con la calidad actual de los doblajes y adaptaciones, pero recuerden que siempre que se crea un nuevo mercado también se produce una mayor competencia, lo que equivale a mayor calidad. Si es necesario traducir todos los juegos a nuestro idioma, ¿creen que no surgirán estudios especializados para aprovechar esa nueva oportunidad de negocio? Por lo demás, ya dependerá de cada compañía si decide incluir el lenguaje original en su título.

Retrasos en su fecha de salida

El proceso es sencillo, aunque siempre burocrático: los dueños de los derechos de los videojuegos que quieran distribuirlos en nuestro país deberían suministrar el material del título —en español— para su evaluación por el organismo federal competente. Una vez realizado este proceso de clasificación y autorización, sería legal distribuir y vender el videojuego en cuestión. Si alguien se salta este mecanismo, hay multas y sanciones como el retiro de los productos o la prohibición de su venta.

Un punto negativo de todo esto es que el proceso de autorización, clasificación y registro de los videojuegos dura 15 días hábiles a partir de que los materiales sean recibidos. Esto quiere decir que en algunos casos veríamos retrasos y que la fecha de salida de los juegos sería afectada por la capacidad de la Secretaría para resolver el proceso de autorización. En términos comerciales, esto puede impactar negativamente las ventas o favorecer o perjudicar arbitrariamente a algún título. Imaginen que, por esperar a que autoricen la venta del juego, el FPS de la competencia sale primero, pues su proceso (por mera casualidad) tomó menos tiempo.

Si bien este tipo de retrasos podrían evitarse enviando el juego con anticipación para su clasificación, no sabemos todavía si algunos distribuidores preferirán esperar antes de enviar los títulos por temor a que sean filtrados. Ésta es una suposición mía y tal vez ni siquiera afecte las fechas de lanzamiento; sin embargo, debemos considerar que cualquier proceso extra a la distribución afectará de una u otra forma la fecha de salida de un título.

¿Censura?

Vamos con una cita directa de la propuesta de ley:

“Si bien es cierto, esta función que realiza la dependencia mencionada ha sido cuestionada en diversas ocasiones, por la opinión pública, artistas, concesionarios o académicos, por considerarla de “censura”, se ha mantenido, en virtud de que los contenidos que se difundan independientemente del medio por el que se haga, son un elemento de orientación y prevención en el cuidado del desarrollo armónico de la niñez y la juventud; es lo que ha hecho su permanencia y aceptación por parte de los particulares que se dedican a la actividad comercial correspondiente”.

Básicamente, lo que propone la ley no es censurar, sino clasificar los juegos y limitar su venta de acuerdo a esta clasificación. Ciertos grupos de edades, por ejemplo, no podrían adquirir ciertos títulos sin estar acompañados por un adulto o incluso estaría prohibido que adquirieran los que pertenezcan a ciertas clasificaciones. El criterio para autorizarlos y ordenarlos, en teoría, tiene bases en normas y estándares internacionales. Vamos a conocerlos:

I. “AA”: Videojuegos aptos para todos los grupos de edades. Estos deben reunir, como mínimo, las siguientes características:

No contienen representaciones de violencia física o psicológica ni situaciones que la promuevan;
No incluyen lenguaje procaz ni sonidos o imágenes que puedan asustar o provocar horror a los niños;
No contienen referencias o imágenes que presenten, promuevan o estimulen el consumo de tabaco, alcohol u otras sustancias adictivas;
No contienen referencias o imágenes de carácter sexual, excepto textos, imágenes o sonidos utilizados con fines exclusivamente educativos o científicos que no requieran la supervisión u orientación de padres, tutores o responsables.

II. “A+7”: Videojuegos aptos para niñas y niños mayores de 7 años. Estos deben reunir las características establecidas para los videojuegos aptos para todos los grupos de edades, pero pueden incluir agresividad mínima dentro de un contexto cómico o de fantasía.

III. “B+12”: Videojuegos aptos para adolescentes. Estos pueden incluirviolencia (sic.) ocasional sin que se haga apología de ella, uso ligero de lenguaje procaz y/o imágenes o referencias sugeridas más no manifiestas, sin que constituyan el eje central de la trama.

IV. “B+16”: Videojuegos aptos para adolescentes mayores de 16 años. Estos pueden incluir violencia y lenguaje procaz, siempre que contribuyan a una mejor comprensión de la trama, así como imágenes o referencias sexuales implícitas ocasionales, más no ilustradas, en un contexto no degradante.Además, pueden contener imágenes o referencias sobre el consumo moderado de tabaco o alcohol pero sin mostrar su preparación y en un contexto que no lo promueva.

V. “C”: Videojuegos aptos sólo para mayores de 18 años. Estos pueden incluir violencia, lenguaje procaz y frases en doble sentido, incluso si no se justifican en el contexto del videojuego. También pueden incluir imágenes o referencias de carácter sexual explícitas o imágenes de consumo de tabaco, alcohol u otras sustancias adictivas, en un contexto que no lo promueva o estimule.

VI. “D”: Videojuegos aptos para adultos, con alto grado de violencia, lenguaje procaz, imágenes sexuales explícitas, y consumo de sustancias adictivas.

Y éstas son las regulaciones:

Artículo 12.- Queda prohibida la venta, alquiler o transmisión de videojuegos clasificados con las categorías “C” y “D” a menores de 18 años. Su venta o alquiler requiere la exhibición de identificación oficial con fotografía.

Los videojuegos clasificados como A+7, B+12, B+16 sólo podrán ser vendidos o alquilados a menores de edad acompañados de un adulto.

La propuesta de ley también indica que los establecimientos que vendan videojuegos deberán sujetarse a ciertas disposiciones para que se cumplan estos señalamientos. Por otro lado, si algún título intenta escapar a esta clasificación, hay sanciones que evitarán su comercialización si no han sido autorizados por la autoridad competente. Según señala la propuesta, esto no transgrede el artículo 5o. de la Constitución Federal (libertad de comercio), pues la veda parcial está permitida cuando se ataquen los derechos de un tercero o lo determine así una resolución gubernativa. Tampoco transgrede la libertad de expresión, pues supuestamente las limitantes están permitidas para prevenir situaciones antijurídicas como el ataque a la moral.

El problema aquí es que la ley habla sobre autorización, pero no menciona si será posible prohibir títulos o bajo qué parámetros un videojuego se consideraría “no autorizado”. Tal vez sería bueno esclarecer este punto, pues la incorrecta aplicación de esta ley podría llevar a la censura. Supuestamente, el objetivo es clasificar los juegos y evitar que se vendan juegos que no hayan pasado por este proceso.

¿Y el consumidor?

Posiblemente ustedes sólo noten que algunos juegos salen tarde y que casi todos vienen en español (de la calidad de esta traducción no podemos adelantar nada todavía). También, si se aprueba esta propuesta, verían un logotipo institucional con la clasificación en el anverso y reverso del paquete. La ley también señala que esto deberá mostrarse previamente a que el título sea transmitido por una red —supongo que se refiere a descargas digitales. A fin de cuentas, cualquier añadido extra en la distribución supone un costo (para empezar, tenemos el de la traducción) y esto también podría impactar el precio final de los videojuegos vendidos en nuestro país. Añadan también que si son menores de edad ya no podrán comprar ciertos títulos que seguramente antes adquirían sin problemas.

¿Es una ley necesaria

Lo ideal sería sumarse a esfuerzos como la ESA para que México se una a los intentos internacionales por establecer estándares que funcionen en todos lados. Crear una capa extra —con recursos del estado— y supeditar la venta de videojuegos según parámetros no muy claros y a un organismo que todavía no existe no me parece la solución más ideal. ¿Por qué no hacer acuerdos internacionales con organizaciones especializadas en este rubro? ¿Para qué crear una secretaría local desde cero si ya hay estándares? En todo caso, sería mucho más útil proponer leyes que regulen la venta de juegos de acuerdo a estos estándares y no crear unos propios. Si bien la propuesta tiene puntos (involuntariamente) buenos, no es claro si podrá negarse la autorización a algún juego o bajo qué parámetros, lo que podría desembocar en censura de ciertos títulos, como ocurre en Alemania. Consideramos que deben aclararse estas inquietudes y que la ley debe ser evaluada no sólo por legisladores, sino también por expertos en propiedad intelectual, especialistas en videojuegos, así como psicólogos y demás profesionales que competan al tema.

Desconocemos, además, el impacto que una ley restrictiva ejerza en un mercado que no termina todavía de madurar. ¿Qué va a pasar con compañías, como Atlus, que no tienen representación oficial? Si el costo por la certificación y traducción es demasiado alto, simplemente no van a lanzar sus títulos en nuestro país. Y ni qué decir por los retrasos que este proceso supondrá para el lanzamiento de juegos.

Nos gustaría saber su opinión al respecto y ya con toda la información. Si quieren profundizar más, aquí pueden consultar la propuesta de ley completa.