El tema de la clasificación de videojuegos siempre ha sido uno bastante sensible aquí en México. Quizá más que sensible, la realidad es que casi nadie lo respeta. Ante esto, la Secretaría de Gobernación de México ha actualizado y publicado los nuevos Lineamientos Generales del Sistema Mexicano de Equivalencias de Clasificación de Contenidos de Videojuegos. Básicamente, se trata de un nuevo sistema para clasificar los videojuegos aquí en nuestra región.
Similar a la clasificación de las películas en México, este nuevo sistema incluye advertencias que los vendedores deben publicar en los artículos que tengan a la venta. En las propias palabras de la SEGOB:
“Las especificaciones gráficas para las advertencias, descriptores de contenidos y elementos interactivos que deberán implementar los sujetos obligados, respecto de los videojuegos distribuidos, comercializados o arrendados en el territorio nacional”.
Pero, ¿exactamente cómo quedará este nuevo sistema? Acá te lo explicamos:
– Clasificación “A”. Contenido para todo público: El contenido es apto para todas las edades. Puede que contenga una cantidad mínima de violencia de caricatura, de fantasía o ligera, o uso poco frecuente de lenguaje soez moderado.
– Clasificación “B”. Contenido para adolescentes a partir de 12 años: puede que contenga más violencia de caricatura, de fantasía o ligera, lenguaje soez moderado o temas insinuantes mínimamente provocativos.
– Clasificación “B15”. Contenido para mayores de 15 años: pueden contener violencia, temas insinuantes, humor vulgar, mínima cantidad de sangre, apuestas simuladas o uso poco frecuente de lenguaje fuerte.
– Clasificación “C”. Contenido no apto para personas menores de 18 años: pueden contener violencia intensa, derramamiento de sangre, contenido sexual o lenguaje fuerte.
– Clasificación “D”. Contenido extremo y adulto: el contenido es apto sólo para mayores de edad. Pueden incluir escenas prolongadas de violencia intensa, contenido sexual gráfico o apuestas con moneda real.
Este nuevo sistema de clasificación entrará en vigor 180 días después de la publicación de los lineamientos en el Diario Oficial de la Federación el próximo 27 de mayo de 2021.
Fuente: SEGOB